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Qué significa la decisión de la USTR sobre Nicaragua para América Latina 

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Por María Fernanda Bozmoski y Miguel Escoto

El pasado 10 de diciembre, después de una investigación sin precedentes que duró un año, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, (USTR en inglés), emitió una de las decisiones más trascendentales para Centroamérica desde la implementación del CAFTA-DR, hace dos décadas. Dado el renovado enfoque de la administración de Donald Trump en el hemisferio occidental, canalizado a través de su corolario de la Doctrina Monroe, el nuevo anuncio arancelario sobre Nicaragua vinculará el comercio con el estado de derecho y los derechos humanos, impactando directamente la migración regional, la prosperidad y la diplomacia.  

El 20 de octubre, la USTR concluyó la investigación bajo la Sección 301 sobre Nicaragua, que inició durante la administración de Joe Biden. La investigación se centró en violaciones de los derechos laborales y humanos, las libertades fundamentales y el Estado de derecho. Concluyó que la conducta del gobierno nicaragüense impone el comercio estadounidense. 

Washington responderá ahora con aranceles escalonados sobre las importaciones nicaragüenses que no califiquen bajo las reglas de origen del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA-DR). Esta es la primera vez en la historia de CAFTA-DR que EE.UU. aplica la Sección 301 contra un socio de un tratado de libre comercio basándose principalmente en estas violaciones. 

La Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 es la amplia autoridad unilateral de EE.UU. para tomar represalias contra prácticas extranjeras consideradas injustificables, irrazonables o discriminatorias. Es la misma justificación legal para la escalada arancelaria contra China en 2018 bajo la primera administración Trump. Aplicada contra Nicaragua por motivos humanitarios, esta investigación sienta un precedente al vincular el acceso al mercado estadounidense con el estado de derecho y la democracia en el hemisferio occidental. 

Este caso destacó por tres razones. Primero, los derechos humanos y laborales estuvieron al centro de la investigación, ya que se documentó el desmantelamiento de asociaciones independientes, expropiaciones y el cierre de organizaciones no gubernamentales, universidades, medios de comunicación e instituciones religiosas. Estas violaciones se consideraron distorsiones de la competencia e imponen una carga en contra el comercio y la democracia.

Segundo, se dirigió a una economía modesta, integrada regionalmente y dependiente de las exportaciones a EE.UU., ya que más de la mitad de las exportaciones nicaragüenses ingresan al mercado estadounidense. Tercero, esta acción se sitúa junto a un extenso paquete de sanciones, prohibiciones, revocaciones de visas y restricciones de acceso a instituciones financieras internacionales. Las medidas comerciales siguen siendo la última gran herramienta de presión disponible en este escenario.  

Tras recibir más de 2,000 comentarios públicos y consultar con asesores de la USTR, la acción final establece una imposición condicional de aranceles en tres etapas sobre bienes que no tengan origen CAFTA: un arancel del 0% a partir del 1 de enero de 2026, un arancel del 10% a partir del 1 de enero de 2027 y un arancel del 15% a partir del 1 de enero de 2028. Además, cualquier arancel se sumará a otros ya existentes, incluido el arancel recíproco vigente del 18 por ciento.  

Según las reglas de origen de CAFTA-DR, un producto califica si se produce utilizando insumos suficientes procedentes del área de libre comercio de los países participantes, incluido EE.UU., y si se somete a una transformación sustancial dentro de la región CAFTA-DR. Las principales exportaciones nicaragüenses de textiles y confecciones no siempre tienen orígenes claros. 

Por ejemplo, una prenda ensamblada en Nicaragua con tela que no proviene de países CAFTA puede reclamar estatus de CAFTA si experimenta una “transformación sustancial”. Dado que las aduanas nicaragüenses y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU. (CBP) no cuentan con una comunicación sólida, estas declaraciones son difíciles de verificar y pueden ser objeto de abusos. A pesar de estas brechas, los textiles y la confección siguen clasificados como de origen CAFTA para evitar interrumpir a las empresas estadounidenses y las cadenas de suministro que dependen de ellos.  

Excluir de los aranceles a las exportaciones que no son de origen CAFTA evita penalizar a las empresas estadounidenses, protege a los países vecinos que dependen de productos nicaragüenses y mantiene la estabilidad de la producción de CAFTA-DR. 

Según el último corolario de la administración, estas brechas de cumplimiento hacen que la condicionalidad sea urgente y otorgan a EE.UU. autoridad para implementar medidas comerciales casi de inmediato, dejando espacio para la negociación y el escalamiento. La decisión incluye una frase clave que establece que la USTR puede modificar las tasas si Nicaragua muestra falta de progreso en la atención de estos problemas. Este anuncio representa una primera etapa de presión condicional que puede endurecerse con el tiempo. 

Nicaragua se incorporó a CAFTA-DR durante su último periodo democrático. En ese entonces, el Frente Sandinista de Liberación Nacional, liderado por los co-dictadores Ortega y Murillo, se opuso firmemente al acuerdo. Irónicamente, las exportaciones nicaragüenses están ahora fuertemente concentradas en sectores habilitados por CAFTA, como el vestuario, la agricultura y el oro.  

En 2023, el país exportó 1,150 millones de dólares en oro, su principal producto de exportación, un sector ahora saturado de empresas mineras chinas. Desde un punto de vista de “América primero”, la elección no es solo entre dureza o suavidad. La decisión está relacionada con cómo estructurar la condicionalidad para castigar a un régimen, proteger a las empresas estadounidenses de una competencia distorsionada y fortalecer la lógica más amplia de la relocalización de cadenas de suministro hacia las Américas, reduciendo la dependencia de socios extrarregionales.  

En los últimos años Washington ha comenzado a tratar las preferencias comerciales como instrumentos revocables y basados en el rendimiento. Algunos países entran en la categoría de aliados y otros en la lista de adversarios. Para Centroamérica, el mensaje es claro: CAFTA-DR no es incondicional. Para un tratado sin reglas claras de expulsión, la situación actual puede servir como recordatorio de que alinearse con los estándares estadounidenses trae beneficios tangibles. Para países con trayectorias más ambiguas, como Honduras, el mensaje es más directo. Esta acción bajo la Sección 301 contra Nicaragua pone a cada capital centroamericana en alerta de que el acceso preferencial puede revertirse si los gobiernos se inclinan demasiado hacia el autoritarismo o con Pekín.  

Los críticos sostienen que expulsar potencialmente a Nicaragua de CAFTA-DR simplemente la arrojaría en brazos de China. Los co-dictadores Ortega y Murillo ya han tomado ese camino. Nicaragua es el principal aliado de China en Centroamérica. Con el régimen cambiando su reconocimiento diplomático de Taiwán a la República Popular China en 2021, firmando un acuerdo de libre comercio, adhiriéndose a la Iniciativa de la Franja y la Ruta, y reconfigurando la legislatura sandinista para acomodar regímenes económicos especiales al estilo chino y amplias concesiones mineras, China se ha convertido en beneficiaria directa de un sistema de libre comercio crucial para EE.UU..  

Económicamente la historia es más matizada. EE.UU. sigue siendo de lejos el principal mercado de Nicaragua. La demanda china probablemente no absorba grandes volúmenes de exportaciones desplazadas ni recree la lógica de las cadenas de suministro orientadas a EE.UU.. Por ejemplo, en Honduras la industria camaronera prosperó cuando ese país mantuvo relaciones diplomáticas con Taiwán, pero ahora enfrenta una crisis porque China compra menores volúmenes de camarón a precios más bajos. Pekín puede extraer oro y aprovechar algunos proyectos de infraestructura financiados con deuda en Nicaragua, pero al final una dependencia comercial casi exclusiva de China es una carrera hacia el fondo. 

A corto plazo se espera que las medidas comerciales punitivas empujen a la dictadura a reforzar sus alianzas con China, Rusia o Irán. A mediano plazo, el riesgo no es tanto que Nicaragua se convierte en un satélite económico completamente chino, sino que el uso excesivo de aranceles contra países pequeños termine favoreciendo involuntariamente a los fabricantes chinos al erosionar la competitividad de la producción basada en CAFTA-DR frente a Asia. Un enfoque de “EE.UU. primero” debe comprender estas consecuencias no deseadas 

El anuncio del 10 de diciembre demuestra la elección de Washington de calibrar en lugar de arriesgar una ruptura. Los aranceles señalan consecuencias mientras protege a las empresas estadounidenses y la estabilidad económica centroamericana. Si la Sección 301 se despliega de manera continua como parte de una estrategia secuenciada y coherente, con medidas específicas vinculadas a criterios claros, este caso técnico de la Sección 301 podría convertirse en un modelo de política económica de “EE.UU. primero” que fortalezca la influencia de EE.UU. en el hemisferio y más allá.  

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